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Emisión y tramitación de licencias médicas electrónicas

Emisión y tramitación de licencias médicas electrónicas

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha establecido que, a partir del 1 de enero de 2021, todas las licencias médicas que se emiten y tramitan deben ser electrónicas.

De forma excepcional, se recibirán licencias médicas de papel en el siguiente caso:

Cuando se trate de un profesional previamente autorizado por la COMPIN para emitir licencias médicas en papel. En el caso de emitirse esta licencia, se deberá acompañar copia del documento que acredite la autorización de la COMPIN para emitir licencias médicas de papel.

También, se indica que la licencia médica deberá incluir -al menos- la dirección, correo electrónico y teléfono del profesional que la otorga.

Si tu empleador está adscrito al sistema de licencia médica electrónica, no será necesario que vayas a entregar presencialmente la licencia donde tu empleador, ya que ésta llegará automáticamente. Si no lo está, deberás enviar el comprobante de emisión de licencia que te entrega el profesional, a tu empleador, para que éste la ingrese a la plataforma respectiva y poder seguir con su tramitación.

Además, se han modificado los plazos de presentación de una licencia médica:

Trabajadores dependientes del sector privado:
Deberán presentar la licencia médica al empleador dentro del plazo de dos días hábiles contados desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico.

Trabajadores del sector público:
Deberán presentar la licencia médica al empleador dentro del plazo de tres días hábiles contados desde el día hábil siguiente al de la fecha de inicio del reposo médico.

Trabajadores independientes:
Deberán presentar la solicitud de licencia, extendida por el profesional tratante, directamente a la COMPIN o ISAPRE correspondiente, para su autorización, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de inicio del reposo.

Estos plazos aplican también para las licencias derivadas del Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna).

Si tienes alguna consulta al respecto, puedes hacerla llamando a nuestro Fono CruzBlanca, llamando al 600 818 0000 opción 0 Servicio al Cliente.

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