Te informamos que, desde el 04 de junio de 2021 (con la entrada en vigencia de la Ley 21.337), todas las cotizantes de Isapre CruzBlanca tienen el derecho a incorporar a su cónyuge hombre, como carga legal de su plan de salud.
¿Cómo hacerlo?
Si eres dependiente, tendrás que tramitar antes la autorización de cargas familiares, de acuerdo a tu situación particular (ya sea en tu Caja de Compensación o en el Instituto de Previsión Social –IPS). Si eres pensionado, tendrás que tramitar antes la autorización de cargas familiares en tu Entidad Pagadora de Pensión. Si eres independiente o voluntario, podrás acreditar que es tu carga legal mediante el certificado de matrimonio (Solo aplica para cónyuges hombres que no sean dependientes y/o pensionados, es decir, son cónyuges que deben vivir a expensas del beneficiario y no deben disponer de una renta igual o superior a la mitad del ingreso mínimo mensual).
Importante: Si tu carga sufre invalidez, deberás incluir también el Certificado de la COMPIN que acredite esa condición.
Una vez realizado lo anterior y, para incorporar a tu cónyuge (hombre), como beneficiario de tu plan de la salud en la Isapre, debes saber que:
- El procedimiento es el mismo que se utiliza actualmente para incorporar cualquier otro beneficiario en la Isapre.
- Debes presentar en cualquiera de nuestras sucursales el certificado informado (carga familiar / legal vigente), junto a algún documento que acredite la identidad de la carga.
- Una vez cumplidos los requisitos, debe suscribir con tu isapre un Formulario Único de Notificación (FUN) que incorpora al beneficiario.
- El valor de la cotización pactada se actualizará de acuerdo a la constitución del nuevo grupo familiar.
- El inicio de beneficios de dicha carga comenzará a regir el primer día del mes subsiguiente a la fecha de incorporación (por ejemplo, si la incorporación se realizara cualquier día de julio 2021, los beneficios comenzarán el 1 de septiembre de este año).